La Ley de Matrimonio Igualitario fue la que llevó a Argentina a convertirse en el primer país de Latinoamérica y décimo en el mundo en garantizar este derecho.
La Constitución Argentina a partir del artículo 20 nos dice que “Los extranjeros gozan en el territorio de la Nación de todos los derechos civiles del ciudadano”, entre ellos, “Casarse conforme a las leyes”. En este sentido, la Ley del Matrimonio Igualitario en Argentina permite a les extranjeres no residentes (turistas) celebrarlo sin inconvenientes.
¿Cuáles son los requisitos?
- Permanecer al menos cinco días (hábiles) en la ciudad/provincia elegida en un domicilio comprobable, para ello tendrán que tener ambas partes una prueba de residencia transitoria que se puede tramitar mediante certificación notarial.
- Presentar en el Registro Civil sin turno previo documentos de identidad (países limítrofes) o pasaporte (otros países) sellado con el ingreso al país.
- Elegir fecha y hora de casamiento donde se deberán designar dos testigos que acompañen a la pareja en el Registro Civil.
- Realizar los análisis prenupciales (en las provincias en las que sea obligatorio, el mismo es gratuito).
Asimismo, quienes lo deseen podrán legalizar el Acta de Matrimonio con la apostilla habilitada para los países-parte del Convenio de La Haya, mediante un trámite ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, cuyo asiento principal es la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El Matrimonio Igualitario es una herramienta de lucha para nuestra comunidad, es decirle a los gobiernos y estados que existimos, que nuestras familias existen y que todes somos iguales ante la Ley y que debemos tener acceso a los mismos derechos.